Préstamos hipotecarios
Para firmar una hipoteca, la ley (Ley 5/2019) exige un paso previo: usted viene a la notaría que elija, antes de la firma, para que le expliquemos el préstamo y sus condiciones. Ese asesoramiento es gratuito e imparcial, y no se puede firmar sin él.
Qué hacemos en la notaría
- El banco le entrega la documentación del préstamo al menos diez días naturales antes de la firma.
- Viene a la notaría de su elección a hacer el acta previa: le explicamos las condiciones, las cláusulas más importantes y los gastos, y responde a un test que comprueba que lo ha entendido.
- Firma la escritura del préstamo, como muy pronto al día siguiente del acta.
- La notaria lee la escritura, la explica y resuelve sus dudas antes de autorizarla.
- Enviamos la escritura al registro y le entregamos la copia que solicite.
Qué traer
- DNI o NIE en vigor
- La documentación que le entregó el banco: la oferta vinculante y la ficha europea de información normalizada (FEIN)
- Si se firma el mismo día la compraventa de la vivienda: la documentación de la compraventa
Quién debe venir
- El prestatario, que debe venir en persona al acta previa.
- Los avalistas y quienes pongan un inmueble en garantía, que también la hacen.
- En la firma, el banco firma por medio de un representante.
Cuánto tarda
El acta previa dura unos 30 minutos y debe hacerse como muy tarde el día anterior a la firma. La firma de la escritura dura unos 45 minutos.
Cuánto cuesta
El acta previa no genera arancel (Ley 5/2019, art. 15.8). La escritura del préstamo sí lleva arancel notarial, que por ley paga el banco; las copias las paga quien las pide. La tasación, en cambio, corre por cuenta del prestatario.
Cómo se calculan los arancelesPreguntas sobre este trámite
¿Puedo elegir notario para mi hipoteca?
Sí. La ley dice que el prestatario comparece ante el notario que elija, y no puede imponérselo el banco. Si quiere hacerlo con nosotros, pídanos cita.
¿Qué es el acta previa de una hipoteca?
Es una reunión con la notaria antes de la firma, en la que le explica el préstamo, las cláusulas y los gastos, y en la que usted responde a un test sobre lo que ha entendido. Es gratuita, y sin ella no se puede firmar la hipoteca.
¿Cuándo tengo que hacer el acta previa?
Cuando el banco le haya entregado la documentación, con diez días naturales de antelación a la firma como mínimo, y como muy tarde el día anterior a firmar la escritura.