Poderes
Un poder permite que otra persona actúe en su nombre: vender una casa, cobrar una pensión, ir a un juicio o gestionar sus asuntos si usted no puede. Lo firma usted ante notario y puede revocarlo cuando quiera.
Qué hacemos en la notaría
- Hablamos con usted de qué quiere que pueda hacer la otra persona y le proponemos el poder que mejor se ajuste: general, para pleitos, o solo para un acto concreto.
- Redactamos el poder con las facultades justas, sin dar más de las necesarias.
- La notaria se lo lee y lo firma usted en su presencia.
- Le entregamos la copia autorizada para que la use la persona apoderada.
Qué traer
- DNI o NIE en vigor de quien da el poder
- Nombre completo y DNI de la persona apoderada
- Para vender un inmueble concreto: sus datos o la escritura
- Si el poder es de una sociedad: la escritura de la sociedad y el documento que acredite su cargo
Quién debe venir
- Quien da el poder (el poderdante). La persona apoderada no necesita venir a la firma.
Cuánto tarda
Casi siempre se firma el mismo día en que se pide cita. Es el trámite más rápido de la notaría.
Cuánto cuesta
Un poder es un documento sin cuantía: arancel fijo, más las copias y el IVA. Se lo confirmamos por escrito antes de firmar.
Cómo se calculan los arancelesPreguntas sobre este trámite
¿Puedo firmar un poder si vivo fuera de España?
Sí. Puede firmarlo ante el cónsul de España del país donde vive, o ante un notario de allí con la apostilla de La Haya si su país la admite. Le indicamos cómo hacerlo y qué documentos necesita.
¿Cuánto dura un poder?
No caduca con el tiempo, salvo que se indique un plazo. Termina cuando usted lo revoca o cuando usted fallece, y entonces el apoderado ya no puede actuar. Si quiere uno que siga valiendo si pierde su capacidad, se le añade una cláusula para ese caso (poder preventivo).
¿Cómo se revoca un poder?
Con otra escritura ante notario, que se notifica a la persona apoderada. Si ya se había presentado en algún sitio, conviene avisar también a quien lo tenga.